Esos carteles luminosos y que distraen que odias ya son ilegales

“Alguien debería prohibirlas”, hemos dicho todos sobre algo que ya está prohibido.

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Foto: Selçuk Acar/Anadolu (Getty Images)

Vallas publicitarias digitales brillantes y desagradables son una de las peores cosas con las que tienen que lidiar los conductores a día. A medida que nos entra en el invierno, con días cada vez más cortos, el problema solo se agrava.señales luminosas te bombardean con el poder del sol cuando estás tratando de llegar a casa del trabajo. Bueno, afortunadamente para ti, ya son ilegales. Por toda la ayuda que te hagan.

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The Drive informó sobre la legalidad de las vallas publicitarias LED Ayer, citando una ley que prohíbe “las señales... que sean de tal intensidad o brillantez que provoquen deslumbramiento o perjudiquen la visión del conductor de cualquier vehículo de motor, o que interfieran de otro modo con el manejo de un vehículo de motor por parte de cualquier conductor”. Si esto le sorprende, esa ley por sí sola no es la historia completa. El mundo de la señalización vial es complicado.

El Ley vinculada por The Drive, 23 CFR § 750.154, en realidad se refiere a señales direccionales, el término legal para esos pequeños carteles informativos a lo largo de la carretera que hablan sobre “lugares públicos propiedad de u operados por gobiernos federales, estatales o locales o sus agencias”, así como “fenómenos naturales de propiedad pública o privada, sitios históricos, culturales, científicos, educativos y religiosos; y áreas de belleza escénica natural o naturalmente adecuadas para la recreación al aire libre, consideradas de interés para el público viajero”. Fundamentalmente, hay una categoría crítica que falta allí: la publicidad.

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Esto se debe a que la publicidad en realidad no está regida por 23 CFR § 750.154, sino que está dividida entre subsecciones separadas de 23 CFR § 750 en función de otros factores. Básicamente, existe una división entre los carteles que se encuentran dentro y fuera de un “Área protegida”—esencialmente, dentro de los 660 pies del borde de la carretera. Luego, hay cuatro clases de señales a considerar: Clase 1 para señales oficiales del gobierno, Clase 2 para señales en el edificio físico en el que ocurren sus servicios publicitados, Clase 3 para anuncios dentro de las 12 millas de lo que están publicitando y Clase 4 para “Señales en el interés específico del público viajero”.

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Afortunadamente para todos nosotros, la mayoría de estas distinciones en realidad no importan en términos de iluminación. Hay una subsección de Disposiciones Generales de 23 CFR § 750 que establece límites amplios para las señales de Clase 2, así como para las señales de Clase 3 y 4 en áreas específicas, lo que prohíbe la iluminación. excepto cuando es “de tan baja intensidad o brillo que no causa deslumbramiento ni perjudica la visión del conductor de ningún vehículo de motor, ni interfiere de otro modo con la operación de un vehículo de motor por parte de cualquier conductor”—exactamente lo contrario de la redacción de las restricciones de las señales direccionales del 23 CFR §750.154.

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En cuanto a las señales de clase 3 y 4 Afuera Esas áreas específicas se abordan en una subsección separada, aunque también incluye un lenguaje idéntico de “tan baja intensidad o brillo que no cause deslumbramiento ni perjudique la visión del conductor”. Parece que, sin importar dónde se encuentre una señal, es ilegal si es lo suficientemente brillante como para interferir en su conducción.

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